Algunos términos en torno al género

Para este proyecto es importante presentar algunos términos relacionados con el Género[1]. Aunque es también claro que al asumir una postura Queer, estos conceptos podrán entrar en contradicción con la idea de desconfigurar el género.

 Acciones Afirmativas: Son medidas especiales de carácter temporal, correctivo, compensatorio y de promoción, encaminadas a acelerar la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, aplicables en tanto subsista la discriminación, desigualdad de trato y oportunidades de las mujeres respecto a los hombres.

Análisis de Género: Propone una metodología que permita visibilizar la condición y la posición de las mujeres y los hombres en los fenómenos sociales, para proponer alternativas incluyentes para ambos.

Discriminación contra las mujeres: Es toda distinción, exclusión o restricción que sufren las mujeres por razón de género, edad, salud, características físicas, posición social, económica, condición étnica, nacional, religiosa, opinión, identidad u orientación sexual, estado civil, o cualquier otra que atente contra su dignidad humana, que tiene por objeto menoscabar o anular el goce o ejercicio de sus derechos.

El Género como categoría de análisis: El género nos permite analizar y comprender las características que definen a las mujeres y a los hombres de manera específica, así como sus semejanzas y diferencias. Se analizan las posibilidades vitales de unas y otros, el sentido de sus vidas, sus expectativas y oportunidades, las diversas relaciones sociales que se dan entre ambos; así como los conflictos institucionales y cotidianos que deben encarar, y las múltiples maneras en que lo hacen.

Equidad de género: Concepto que se refiere al principio conforme al cual las mujeres y los hombres acceden con justicia e igualdad al uso, control y beneficio de los bienes, servicios, recursos y oportunidades de la sociedad, así como a la toma de decisiones en todos los ámbitos de la vida social, económica, política cultural y familiar.

Igualdad Sustantiva: Es el acceso al mismo trato y oportunidades, para el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales.

Insensibilidad al Género: Se presenta cuando se ignora el factor “género” como una variable importante y válida, o sea, cuando no se toman en cuenta los distintos lugares que ocupan los hombres y las mujeres en la estructura social, el mayor o menor poder que detentan por ser hombres o mujeres, etcétera.

Misoginia: Son las conductas de odio contra las mujeres por el hecho de serlo.

Mujeres en condición de vulnerabilidad: Son aquellas mujeres en mayor situación de riesgo de ser víctimas de violencia en atención a su raza, origen étnico, edad, discapacidad, condición social, económica, de salud, embarazo, lengua, idioma, religión, opiniones, orientación sexual, estado civil; cuando tengan la calidad de migrante, refugiada, desplazada o privadas de la libertad por mandato judicial; sea víctima de trata de personas, turismo sexual, prostitución, pornografía, privación de la libertad o cualquier otra condición que anule o menoscabe su derecho a una vida libre de violencia.

Persona agresora: Quien o quienes infligen algún tipo de violencia contra las mujeres en cualquiera de sus tipos y modalidades.

Perspectiva de Género: Se refiere a la metodología y los mecanismos que permiten identificar, cuestionar y valorar la discriminación, la desigualdad y la exclusión de las mujeres, que se pretende justificar con base en las diferencias biológicas entre mujeres y hombres, así como las acciones que deben emprenderse para crear las condiciones de cambio que permitan avanzar en la construcción de la equidad de género.

Es la visión crítica, explicativa, analítica y alternativa que aborda las relaciones entre los géneros y que permite enfocar y comprender las desigualdades construidas socialmente entre mujeres y hombres y establece acciones gubernamentales para disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres.

Principio de Igualdad: Posibilidad y capacidad de ser titulares cualitativamente de los mismos derechos, sin importar las diferencias del género al que pertenezcan.

Víctima: La mujer de cualquier edad que sufra algún tipo de violencia

Víctima indirecta: Se refiere a las y los familiares de la víctima o personas que tengan o hayan tenido relación o convivencia con la misma y que sufran, hayan sufrido o se encuentren en situación de riesgo por motivo de la violencia ejercida contra las mujeres.

Violencia contra las mujeres: Es toda acción u omisión que, basada en su género y derivada del uso o abuso del poder, tenga por objeto o resultado un daño o sufrimiento físico, psicológico, patrimonial, económico, sexual o la muerte a las mujeres, tanto en el ámbito público como privado, que limite su acceso a una vida libre de violencia.


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